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En Eslovaquia, dos parejas del mismo sexo demandan al Estado por negarse a reconocer sus matrimonios celebrados en Austria

Ivan Novotný (izquierda) y Metod Špaček, quienes impugnan ante los tribunales la negativa de las autoridades eslovacas a reconocer su matrimonio. Foto: Rob Cameron / The Guardian
Ivan Novotný (izquierda) y Metod Špaček, quienes impugnan ante los tribunales la negativa de las autoridades eslovacas a reconocer su matrimonio. Foto: Rob Cameron / The Guardian

En octubre de 2026, dos parejas del mismo sexo en Eslovaquia presentaron demandas judiciales contra las autoridades estatales, impugnando la negativa del gobierno a inscribir en el registro civil oficial sus matrimonios celebrados válidamente en la vecina Austria. Los demandantes reclaman el reconocimiento jurídico de su estado civil apoyándose en una sentencia sin precedentes del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que obliga a los Estados miembros de la UE a reconocer las uniones formalizadas legalmente en otros países del bloque para salvaguardar la libre circulación de los ciudadanos.

Entre los demandantes se encuentran los juristas y exdiplomáticos eslovacos Ivan Novotný y Metod Špaček, casados en Austria en 2020, así como el locutor de la radiotelevisión pública eslovaca STVR Marián Žáry Kukelka y su esposo Ondrej, que contrajeron matrimonio en 2023 en la ciudad fronteriza austríaca de Hainburg an der Donau. Ambas parejas subrayan que su pretensión no busca alterar la legislación matrimonial interna de Eslovaquia ni obligar al país a legalizar el matrimonio entre personas del mismo sexo en su territorio. Su exigencia se limita a la inscripción en el Registro Especial (Osobitná matrika), la oficina centralizada del Ministerio del Interior eslovaco que inscribe los actos del estado civil de los ciudadanos acontecidos en el extranjero. Según los cónyuges, la falta de reconocimiento les priva de garantías jurídicas elementales en decisiones médicas, derechos de sucesión patrimonial y trámites de documentación oficial, como el uso de un apellido conyugal común.

De acuerdo con el diario británico The Guardian, la argumentación de las parejas se fundamenta en la sentencia del TJUE de noviembre de 2025 relativa al caso polaco «Cupriak-Trojan y Trojan contra el gobernador de Mazovia» (Cupriak-Trojan and Trojan v Wojewoda Mazowiecki). El máximo tribunal de la Unión Europea dictaminó que las autoridades nacionales no pueden denegar plenos efectos al estado civil adquirido lícitamente en otro Estado miembro cuando los ciudadanos han ejercido su derecho a la libre circulación y han desarrollado su vida familiar en dicho marco. Si bien el fallo no obliga a los Estados con legislaciones tradicionales a implantar el matrimonio igualitario a escala doméstica, sí les exige habilitar un mecanismo eficaz y no discriminatorio para reconocer el estatus conyugal constituido en otros países de la Unión.

El Ministerio del Interior eslovaco, encabezado por el ministro Matúš Šutaj Eštok, desestimó las solicitudes citando la Constitución del país, cuyo texto define desde 2014 el matrimonio estrictamente como la unión entre un hombre y una mujer. Desde el ministerio argumentaron que los órganos administrativos deben atenerse estrictamente a la legislación nacional y carecen de competencias para suplantar al poder legislativo. Asimismo, los funcionarios señalaron que el deber de respetar la libre circulación en la UE no acarrea la obligación de registrar dicha unión bajo la figura de matrimonio en el derecho interno. El primer ministro eslovaco, Robert Fico, ha expresado en repetidas ocasiones su rechazo a las resoluciones de los tribunales comunitarios en materia de familia, anunciando la preparación de normativas secundarias para impedir el reconocimiento de matrimonios extranjeros entre personas del mismo sexo en el país.

En Eslovaquia no existen el matrimonio entre personas del mismo sexo ni las uniones civiles registradas. Tras la reforma constitucional de 2014 que blindó el matrimonio para parejas heterosexuales, el Consejo Nacional ha rechazado consecutivamente todas las propuestas de ley sobre parejas de hecho. Las parejas del mismo sexo cuentan únicamente con derechos muy limitados como convivientes de hecho.

Con anterioridad, Urania informó en agosto de 2026 de que el Ministerio del Interior eslovaco había denegado formalmente la solicitud de registro del matrimonio austríaco de Ivan Novotný y Metod Špaček, pese a las advertencias de la Fiscalía General sobre demoras procesales y a los recordatorios de la Comisión Europea respecto a la primacía del derecho comunitario. La publicación también ha seguido con atención litigios similares en Europa Central, incluidas las decisiones judiciales y gubernamentales de Polonia para reconocer los matrimonios celebrados por sus ciudadanos en otros países de la UE.

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